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El Supremo mantiene en prisión a Santos Cerdán por un alto riesgo de obstrucción de la investigación judicial

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la prisión provisional, comunicada y sin fianza, del exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán. Con esta decisión, rechaza su recurso de apelación contra el auto dictado por el magistrado instructor el pasado 30 de junio, al considerar que existen indicios sólidos y un alto riesgo de obstrucción de la investigación judicial.

El Supremo respalda la tesis del juez instructor según la cual Cerdán ejercía un papel directivo y de control dentro de una presunta organización criminal dedicada al amaño de contratos públicos mediante comisiones ilegales. Entre las pruebas que sustentan la medida cautelar se encuentran conversaciones telefónicas y mensajes de texto incautados en el domicilio de Koldo García, exasesor del entonces ministro de Transportes, José Luis Ábalos. Estas comunicaciones reflejarían la implicación directa de Cerdán en el seguimiento de adjudicaciones concretas y en la distribución de las comisiones obtenidas de forma ilícita.

Un papel clave en el reparto de comisiones

Los magistrados del Supremo consideran que Cerdán gestionaba las relaciones con las empresas beneficiadas, conocía los mecanismos de pago encubiertos y supervisaba la entrega del dinero tanto a Ábalos como a García. Aunque aún no se han determinado todas las empresas implicadas ni el paradero de los fondos, los investigadores apuntan a que el importe total de las adjudicaciones bajo sospecha supera los 537 millones de euros, mientras que el flujo económico detectado hasta ahora ronda apenas el millón de euros, lo que sugiere que buena parte del dinero podría seguir oculto.

Una parte central de la investigación se centra en identificar el destino del dinero, los beneficiarios finales y los métodos utilizados para camuflar las operaciones. El Supremo considera que Cerdán es la única persona que parece conocer todos estos extremos, lo que refuerza el riesgo de que pueda destruir pruebas, concertarse con otros implicados o desviar fondos aún localizables. Este peligro, en opinión de la Sala, justifica plenamente que se mantenga su prisión provisional.

Defensa sin éxito y decisión reforzada por los indicios

En relación con la empresa Servinabar 2000, también investigada por recibir adjudicaciones públicas, el auto valora como indicio relevante un contrato privado mediante el cual Cerdán habría adquirido participaciones de dicha sociedad. Aunque dicho contrato nunca se elevó a escritura pública, los magistrados no aceptan la versión del exdirigente socialista, quien sostiene que fue un acuerdo puntual que nunca se materializó.

La defensa había alegado vulneración de la presunción de inocencia y la existencia de una investigación prospectiva, sin elementos incriminatorios concretos. Sin embargo, el Supremo responde que, en esta fase del proceso, basta con la existencia de indicios racionales de criminalidad, y que no se ha producido ningún trato desigual respecto a otros investigados, dado que el papel de Cerdán en la trama —según el análisis del tribunal— es preeminente y central.

El tribunal también rechaza que la vigilancia de las visitas en prisión o la solicitud de información al respecto por parte de la Guardia Civil tenga relación alguna con la decisión de mantenerle en prisión. A juicio de los magistrados, se trata de medidas legítimas dentro del marco preventivo habitual en investigaciones de esta envergadura.

La resolución, firmada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Pablo Llarena, concluye que Santos Cerdán constituye, por su papel y conocimientos, un riesgo concreto y especialmente cualificado para el desarrollo de la instrucción, y que su libertad pondría en peligro los fines del proceso penal.

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