Mañana martes 29 de julio de 2025, el Consejo de Ministros aprobará un nuevo Real Decreto‑ley que representa una ampliación de los permisos de maternidad y paternidad en España, tras un acuerdo entre PSOE y Sumar.
1. ¿Qué se aprueba?
- El permiso por nacimiento (maternidad y paternidad) se amplía de 16 a 17 semanas, remuneradas al 100 %.
- Se retribuirán dos semanas adicionales del permiso parental para el cuidado de hijos/as menores de 8 años, que hasta ahora no eran pagadas.
- En familias monoparentales, el permiso por nacimiento y cuidado se amplía a 32 semanas, de las cuales 4 semanas podrán disfrutarse hasta que el hijo cumpla 8 años.
La suma total de permisos remunerados será de 19 semanas: 17 por nacimiento/cuidado y 2 del permiso parental. Esto se complementa con las 8 semanas no remuneradas actuales y con el permiso por lactancia acumulable.
2. ¿Desde cuándo se aplica?
- La semana adicional por nacimiento se aplicará de forma inmediata tras la aprobación y publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), presumiblemente alrededor del 30 de julio de 2025, con entrada en vigor al día siguiente.
- Las dos semanas retribuidas del permiso parental se aplicarán retroactivamente desde el 2 de agosto de 2024, fecha límite impuesta por una directiva europea.
3. ¿Quiénes pueden acogerse?
- Todos los trabajadores por cuenta ajena y autónomos en España que tengan un hijo o adopten un menor a partir de la entrada en vigor podrán beneficiarse de la semana adicional de permiso por nacimiento.
- Las familias monoparentales (madre o padre solos) verán ampliado su permiso a 32 semanas, con condiciones específicas para disfrutar hasta los 8 años del menor.
- Las dos semanas retribuidas del permiso parental, dirigidas al cuidado de hijos menores de 8 años, son aplicables a cualquier progenitor que accedió a ese permiso desde el 2 de agosto de 2024.
4. ¿Cómo se distribuyen los permisos?
- El permiso por nacimiento mantiene la estructura: las primeras 6 semanas son obligatorias, a jornada completa e ininterrumpidas; el resto (ahora 11 semanas) puede disfrutarse de forma acumulada o interrumpida dentro del primer año del bebé.
- Las 2 semanas retribuidas del permiso parental pueden disfrutarse de forma flexible durante los primeros 8 años del menor.
- Las 8 semanas no remuneradas del permiso parental siguen existiendo como ausencia laboral reconocida, sin cotización salarial directa.
5. ¿Por qué se aprueban ahora estas medidas?
El impulso responde a la obligación de transponer la Directiva europea 2019/1158, que exige retribuir al menos cuatro semanas del permiso parental. España había incumplido esa obligación desde el 2 de agosto de 2024, lo que generó riesgo de sanciones millonarias por parte de la Comisión Europea, estimadas inicialmente en más de 40.000 € diarios.
Sumar presionó para una aprobación inmediata, y el Gobierno ha respondido con esta reforma que mejora la conciliación familiar y evita sanciones crecientes.