El Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid ha concluido la investigación por la presunta agresión sexual denunciada por la actriz Elisa Mouliaá y ha determinado que existen indicios suficientes para que la causa pueda ser llevada a juicio. La resolución, dictada por el magistrado Adolfo Carretero, transforma las diligencias en procedimiento abreviado, lo que supone un paso previo a un eventual juicio oral. Sin embargo, la resolución no implica todavía que Íñigo Errejón vaya a sentarse en el banquillo, ya que la apertura de juicio no ha sido acordada. Por ahora, lo único decidido es que la investigación ha revelado elementos indiciarios que podrían justificar la celebración de un juicio.
En su auto, el juez indica que el principal indicio contra el ex dirigente político es la declaración de la denunciante, a la que considera coherente en lo esencial y sin apariencia de móviles espurios, animadversión o venganza. El magistrado recuerda que en los delitos sexuales cometidos en espacios íntimos es habitual que no existan testigos presenciales y que, por tanto, la valoración de la credibilidad corresponde al tribunal de enjuiciamiento. La instrucción no establece culpabilidad ni absuelve a nadie, sino que determina si hay una base mínima para que un tribunal analice los hechos en profundidad. Según el juez, ese umbral se cumple en este caso.
El relato de la actriz
Elisa Mouliaá sitúa los hechos en septiembre de 2021, después de aproximadamente un año de contacto privado con Íñigo Errejón a través de redes sociales. Según su testimonio, ambos coincidieron en una presentación literaria y, al finalizar, se dirigieron al domicilio de unos amigos del político. Allí, asegura, se produjeron tocamientos no consentidos en el ascensor y posteriormente dentro de la vivienda. Más tarde se trasladaron al domicilio del ex diputado, donde, según Mouliaá, él volvió a intentar mantener relaciones sexuales sin consentimiento. La actriz afirma que se sintió emocionalmente bloqueada y sin capacidad de reaccionar de manera firme.
Errejón, por su parte, niega completamente los hechos y sostiene que la relación fue voluntaria, con consentimiento mutuo y sin comportamiento constitutivo de delito.
El recorrido procesal y los próximos pasos
La denuncia fue presentada en 2024. Durante la instrucción se practicaron varias diligencias, incluyendo informes periciales psicológicos y declaraciones testificales de referencia. Una de las medidas solicitadas, la incautación del teléfono móvil de Errejón para analizar conversaciones previas con la actriz, fue denegada por la Audiencia Provincial, que la consideró no necesaria ni proporcionada.
Con la instrucción ya cerrada, se abre ahora un plazo de diez días para que las partes presenten sus escritos. Si la acusación particular o la Fiscalía solicitan la apertura de juicio oral, el juez dictará resolución enviando a Errejón al banquillo. Si todas las partes piden el archivo, el magistrado podrá acordarlo. El sentido de estos escritos determinará el futuro inmediato del caso.

