Un joven de origen rumano ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Valladolid tras haber pasado un año y cuatro meses en prisión provisional, acusado de haber violado a una mujer en el portal de un edificio en Medina del Campo. El tribunal ha concluido que no existen pruebas suficientes para condenarlo y ha puesto de relieve las contradicciones y el cambio de versión de la denunciante.
Los hechos se remontan al 11 de febrero de 2024, cuando la denunciante coincidió con el acusado en una discoteca local, donde ambos entablaron conversación y compartieron varias bebidas. A la salida del local, ambos se dirigieron caminando hacia el domicilio de la mujer. Fue entonces cuando, según su versión inicial, él la habría seguido hasta el portal, la habría sujetado por la espalda y la habría obligado a practicarle sexo oral y a mantener relaciones no consentidas.
El joven fue detenido pocas horas después y, pese a negar en todo momento haber forzado a la mujer, fue enviado a prisión preventiva en espera de juicio. Desde un primer momento, aseguró que la relación fue consentida y aportó detalles sobre lo ocurrido, incluyendo el hecho de que ella en ningún momento mostró rechazo ni oposición.
Contradicciones en el juicio
El juicio, celebrado en julio de 2025, fue decisivo para desmontar la versión de la acusación. La mujer incurrió en notorias contradicciones respecto a la secuencia de los hechos, los lugares en los que ocurrieron y el comportamiento del acusado. Además, una vecina del edificio, testigo clave en el proceso, aseguró haber visto a ambos manteniendo relaciones sexuales voluntarias en el rellano de la escalera, lo que reforzó la tesis de la defensa.
Los magistrados destacaron que la denunciante ofreció una versión confusa, contradictoria y poco creíble, y llegaron a la conclusión de que posiblemente actuó movida por vergüenza tras haber sido vista en una situación íntima en un lugar público.La sentencia: «In dubio pro reo»
Ante la falta de pruebas concluyentes y las dudas generadas por el testimonio de la víctima, el tribunal decidió aplicar el principio «in dubio pro reo», que obliga a absolver al acusado cuando no se puede demostrar su culpabilidad más allá de toda duda razonable.
La sentencia recoge que no se ha podido probar la ausencia de consentimiento, y añade que el relato de la denunciante no goza de la mínima solidez exigible en un procedimiento penal. Pese a todo, los jueces han rechazado abrir una investigación por denuncia falsa o falso testimonio, al no existir certeza absoluta de la intención dolosa de la mujer.
Más de un año de su vida perdido
El acusado permaneció en prisión preventiva desde febrero de 2024 hasta pocos días antes del juicio, en julio de 2025. Fueron 16 meses privados de libertad por unos hechos que finalmente han quedado desmentidos. Su defensa ha anunciado que estudia presentar una demanda contra el Estado por daños y perjuicios derivados del error judicial.