La Jueza de Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Zaragoza ha condenado a un hombre de 40 años a abandonar la casa de sus padres por no pagar ningún tipo de contraprestación a sus progenitores por habitar en ella.
El hombre, declarado en rebeldía procesal por no presentarse al juicio, fue demandado por sus progenitores, quienes solicitaron a la jueza que lo desahuciara de la casa, ante la insostenible situación en la que vivían siendo objeto, ambos, de malos tratos por parte del hijo.
En la sentencia condenatoria la juzgadora entiende que el hijo, «es mayor de edad y con plena capacidad, con trabajo fijo y estable» y que se encuentra en situación de «precario», situación «que implica -expresa la jueza- la utilización gratuita de un bien ajeno, cuya posesión jurídica no corresponde”. Sobre este argumento añade que la relación de parentesco entre las partes no determina la atribución de título para el uso del inmueble.
«De la prueba obrante en autos, documental aportada por la actora, y que no ha resultado contradicha por ningún otro medio probatorio resulta que la relación jurídica existente entre las partes es la de precario, como consecuencia de disfrutar el demandado del uso de la finca titularidad de la parte actora sin título ni pago de renta alguna solo por mera tolerancia.
El precario es una situación de hecho que implica la utilización gratuita de un bien ajeno (en el presente supuesto existe ajenidad en lo relativo al derecho de uso), cuya posesión jurídica no corresponde, aunque nos hallemos en la tenencia del mismo, careciendo de título que justifique el disfrute de la posesión, ya porque no se haya tenido nunca, ya porque habiéndola tenido se pierda o también por tener una situación de preferencia respecto a un poseedor de peor derecho.
Quien ostenta sobre la finca algún título, de los que confieren el derecho al disfrute o posesión de la misma, puede hacer que cese dicha posesión tolerada o consentida, cuando tenga a bien exteriorizar, en forma legal, su propósito de poner fin a la
precaria posesión ajena.»
Los padres ante la agresividad, amenazas y malos tratos a los que los sometía, habían pedido al hijo en varias ocasiones que abandonara voluntariamente el domicilio familiar, ante lo que el demandado hizo caso omiso y la convivencia familiar se hizo insostenible.
En su sentencia la jueza le condena a “dejar libre, vacua y expedita” la vivienda y le apercibe de lanzamiento si no la abandona en el plazo legal establecido.